La Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, también conocida como “Código de la Democracia”, establece taxativamente que “el Consejo Nacional Electoral en la convocatoria para elecciones directas determinará la fecha de inicio y de culminación de la campaña electoral, que no podrá exceder de cuarenta y cinco días…”.
Para las elecciones seccionales de 2023, el Consejo ha establecido que la campaña iniciará el 3 de enero y culminará el 2 de febrero de ese año.
A nadie escapará que estamos en noviembre de 2022, es decir a algo más de 30 días de que inicie dicha campaña, lo que significa en términos legales que aún no debería arrancar, sin embargo las disposiciones de la ley parecen ser “letra muerta” para los candidatos, pues a todas luces están ya en campaña.
A las pruebas me remito: recorridos locales y provinciales (dependiendo de la dignidad a la que postulan) y presencia en redes sociales, en los que hacen ofertas demagógicas, dicen lo que se quiere oír, sin mucho contenido a decir verdad, porque aparentemente no importan las propuestas para atender las necesidades de la población que habita en el cantón, la provincia o la parroquia, sino la simpatía que puedan despertar entre los electores, aunque algunos candidatos/as – no sólo en Cuenca y el Azuay- más bien parecen competir por el primer lugar en hacer el ridículo.
Podrán justificarse señalando que la Ley les permite el proselitismo, cuando en el artículo 208 señala que: “Desde la convocatoria a elecciones hasta el inicio de la campaña electoral, las organizaciones políticas podrán realizar, por su iniciativa, las actividades tendientes a difundir sus principios ideológicos, programas de gobierno y planes de trabajo, siempre que no implique para este efecto, la contratación en prensa escrita, radio, televisión, medios digitales y vallas publicitarias.
Los egresos realizados en estas actividades se imputarán al gasto electoral de cada organización política.”.
De lo que vemos en tiktok, Instagram o Facebook, poco o nada hay sobre principios, programas o planes de gobierno.
Dice también la ley que “…Las candidatas o candidatos, desde la inscripción de su candidatura, no podrán participar en eventos de inauguración de obras u otros financiados con fondos públicos.”, pretendiendo con ello evitar el uso de espacios y recursos públicos para promocionar a los funcionarios que aspiran a la reelección. Pero aunque no estén presentes en las inauguraciones, los nombres de los alcaldes o prefectos – candidatos se mantienen o se incluyen para publicitar las antiguas y nuevas obras que se han realizado, pese a que el artículo 219 de la ley de marras expresamente establece que: “se prohíbe a los servidores, servidoras, organismos o instituciones públicas, la utilización de los recursos y bienes públicos para promocionar sus nombres o sus organizaciones políticas en las instituciones, obras o proyectos a su cargo.” Esto último es una práctica que está presente durante toda la gestión, sin que ninguna autoridad de control lo observe ni sancione, basta mirar cualquier espacio público de la ciudad para encontrarnos en grandes letras el nombre del burgomaestre.
En temas de campaña, probablemente la limitación legal sea excesiva, quizá podría iniciar desde que las candidaturas son inscritas, para que los candidatos pueden explayarse en presentar sus propuestas y los electores tengamos más oportunidades para conocerlas -aunque creo que lo dicho es “pecar de optimista”, pues me temo que los contenidos no variarían mucho-. Pero mientras no se reforme, lo que preocupa es que se irrespete la ley y para ello se apele a cualquier subterfugio, a sabiendas que la autoridad de control electoral tendrá muy difícil la tarea de imputar al gasto todo lo que se está haciendo incluso desde antes de que se oficialicen las candidaturas.
Sin que sirva de precedente, y únicamente para el caso específico de la campaña electoral, cabe pensar que, si las autoridades llamadas a cumplir y hacer cumplir la ley, no ejercen sus competencias, se hacen de la “vista gorda” y los ciudadanos – candidatos no cumplen con la ley, ¿no sería mejor reformar la norma y acabar con la hipocresía generalizada?
Imagen tomada de: https://www.irancartoon.com/gallery-of-cartoon-by-angel-boligan-mexico-1/
Mujer estudiosa y analítica, lectora atenta y escritora novel. Doctora en Jurisprudencia y Abogada – Universidad de Cuenca, Máster en Gestión de Centros y Servicios de Salud – Universidad de Barcelona, Diplomado Superior en Economía de la Salud y Gestión de la Reforma – Universidad Central del Ecuador. Docente de maestría en temas de políticas públicas y legislación sanitaria –Universidad Católica de Santiago de Guayaquil; en el área de vinculación con la sociedad, legislación relacionada con el adulto mayor – Universidad del Adulto Mayor. Profesional con amplia experiencia en los sectores público y privado, con énfasis en los ámbitos de legislación, normativa y gestión pública.