Sin pretender arrogarme una importancia personal que no la tengo, como a muchos, me molesta que nos quieran “ver la cara”, y lo digo en plural, porque es lo que pasa lamentablemente con mucha frecuencia en el Ecuador. Un nuevo episodio de aquello, lo protagoniza nuevamente la Asamblea Nacional.
Han querido “pasar de agache” reformas al Código Orgánico Integral Penal, que de concretarse se convertirían en una puerta abierta para la impunidad a mansalva.
Sin querer menospreciar la bella labor artesanal, voy a usar como símil la colcha de retazos (cuando se la elabora a mano, tiene una intencionalidad y sentido entrañable, pues en ella se incluyen retazos de prendas que representan a los miembros de la familia o la comunidad que la elabora, para entregarla como presente y muestra de amor a alguien), en ella no se busca la armonía de colores, tamaños y formas, ni se necesita que lo que se une tenga una lógica, como si corresponde en una reforma legal.
Es lamentable lo que sucede, pues pone en evidencia, la incapacidad, desidia, contubernio y alevosía de algunos asambleístas, que se dieron a la tarea de fabricar una burda “colcha de retazos” con varias propuestas de reforma al COIP que han unificado sin ninguna lógica, contando con la anuencia del CAL, a las que han adicionado las barbaridades que buscan convertir en normas, por si pasan.
A más de la colcha de retazos, los asambleístas de las revolución ciudadana –aunque pretendan negarlo-, buscaron esconder un “traje a la medida”, para que sea utilizado por su máximo líder, al incluir dos causales que desnaturalizan el recurso de revisión y atentan flagrantemente a la necesaria seguridad jurídica y al principio básico de no intromisión en la justicia, proponiendo que incluso pronunciamientos o recomendaciones de órganos no jurisdiccionales como comités, se consideren fundamentos legales válidos para la revisión en cualquier tiempo de sentencias condenatorias ejecutoriadas.
Para que no quede duda ni exista pretexto para no admitir lo que desde el extranjero se ordene, se incluye una Disposición General, en la que se insiste en la obligación de aplicar de manera inmediata y efectiva las sentencias, decisiones, recomendaciones y observaciones; además y para que no pueda alegarse falta o insuficiencia de norma, se señala expresamente que “en situaciones donde un dictamen internacional resuelva sobre violaciones al debido proceso, en especial en casos que afecten la libertad individual o los derechos políticos y de participación, se priorizará la restitución inmediata de los derechos vulnerados” y se incluyen sanciones para los servidores judiciales responsables de las violaciones de derechos o de los fallos, que pueden ser desde disciplinarias hasta penales, así como la destitución para quienes incumplan, dilaten u obstruyan la aplicación de las decisiones o recomendaciones, llegando a la aberración de obviar el quorum cuando se trate de la destitución de los Jueces de la Corte Nacional.
Pretender que nos “traguemos la rueda de molino” de que lo reseñado no está claramente direccionado, no solo es un insulto a la inteligencia de los otros sino una felonía en toda regla.
Otra aberración que pretenden colar con la reforma es la eliminación de la reserva de la investigación, buscando obligar a la Fiscalía General del Estado a entregar sin excusas toda la información de sus actuaciones, en la etapa de investigación previa, cuando la soliciten organismos de control político, jurídico o administrativo como el Consejo de la Judicatura, la Contraloría, Defensoría del Pueblo o la Asamblea Nacional, lo que configuraría otra ventana enorme para propiciar la impunidad. De concretarse este despropósito –por decir lo menos-, ya no se necesitarían informantes camuflados dentro de la fiscalía, para las alertas o “campanazos” a los corruptos o miembros de bandas de delincuencia organizada.
Hay retazos de la colcha que se ven bien, aislados de estos otros, pero como están formando parte de un todo, si no deciden o no es posible recortarla y separarlos, lo que cabe es deshacerla por completo, es decir archivar el proyecto o vetarlo si es que llega a la Presidencia.
Siendo fiel a los hechos, no se puede atribuir la responsabilidad de los dislates únicamente a los asambleístas de la revolución ciudadana –que son la mitad de miembros de la comisión-, pues los otros votaron a favor del informe que se presentó a segundo debate, no hay informe de minoría, por lo que no pueden sacar el cuerpo, ni pretender que han sido sorprendidos, alguno ha dicho que no leyó el informe final y que se introdujeron temas no discutidos; no revisar lo que se aprueba es por lo menos una muestra de desidia, si no de irresponsabilidad.
Este nuevo capítulo, es una prueba más de la calidad de asambleístas que elegimos, pues si no fuese por los medios de comunicación y abogados que tuvieron acceso al informe para segundo debate y levantaron la alerta, probablemente hubiese pasado el proyecto sin mayor análisis u observaciones.
Una cuestión adicional que es importante tener en cuenta, es el doble estándar que se aplica, dependiendo de la conveniencia personal o del grupo, lo que incluso resulta ruin con el país y la lesionada institucionalidad que debería más bien fortalecerse.
Al igual que lo dicho en el párrafo precedente, tampoco se puede achacar la responsabilidad total a Correa, pues los que ejecutan lo que les mandan, o lo hacen desde la propia iniciativa son los asambleístas, pero también tienen lo suyo quienes les apoyan e insisten en no querer ver lo evidente.
Otro tema importante es que, no se cumple con el principio de transparencia y publicidad, que debe rodear a un asunto de interés público como el que tratamos, no hay acceso público al texto del informe que se está discutiendo, para obtener el mismo –y por partes- quienes no tenemos algún contacto en la Asamblea, debemos hacer malabares.
La expectativa se mantiene, pues está en suspenso la votación del informe en el Pleno de la Asamblea, toca esperar, como en otros casos, amanecerá y veremos.
Mujer estudiosa y analítica, lectora atenta y escritora novel. Doctora en Jurisprudencia y Abogada – Universidad de Cuenca, Máster en Gestión de Centros y Servicios de Salud – Universidad de Barcelona, Diplomado Superior en Economía de la Salud y Gestión de la Reforma – Universidad Central del Ecuador. Docente de maestría en temas de políticas públicas y legislación sanitaria –Universidad Católica de Santiago de Guayaquil; en el área de vinculación con la sociedad, legislación relacionada con el adulto mayor – Universidad del Adulto Mayor. Profesional con amplia experiencia en los sectores público y privado, con énfasis en los ámbitos de legislación, normativa y gestión pública.