1. Introducción
El debate sobre la minería legal e ilegal se aviva en el país cada vez que el gobierno de turno habiendo conocido durante largo tiempo que en un determinado lugar se está haciendo explotación minera ilegal, ingresa con la fuerza pública para desalojar a los mineros y desmantelar sus instalaciones. Luego reaparece la actividad minera ilegal y se repite la historia periódicamente.
En esta vez el escándalo surge a raíz de la intervención militar y policial en YUTZUPINO, en Napo, el 13 de febrero del 2022, donde se realizaba minería ilegal, afectando al RÍO JATUNYAKU.1
Según información de la prensa nacional se conoce de la presencia de actividades de mimería ilegal en 8 provincias: Carchi, Esmeraldas (Balzar de los Ajos), Imbabura, El Oro, Zamora Chinchipe, Azuay, Napo y Pichincha (al norte). Información Policía y Ministerio de Energía. Alto Nangaritza, Cielito, Monteolivo o en la zona de exclusión minera en Zaruma. Persisten brotes en Buenos Aires2.
2. Dos tesis de principio
Para el presente análisis se parte de dos principios en el sentido de que, si bien no se puede tolerar la minería ilegal en cualquiera de sus escalas: artesanal, pequeña minería, mediana minería y gran minería, ya sea de materiales de construcción, minerales metálicos y no metálicos; tampoco es admisible la minería en cualquiera de sus escalas y tipos, en fuentes de agua, humedales, páramos, bosques y vegetación protectores, zonas de recarga hídrica y más ecosistemas frágiles. Ambos principios tienen su fundamento ético y jurídico.
3.- La disyuntiva. minería legal e ilegal
La disyuntiva entre minería legal y minería ilegal se la ha manipulado para tratar de legitimar la tesis de que frente el peligro de la minería ilegal se justifica hacer minería legal en cualquier lugar sin considerar las fuentes de agua y ecosistemas frágiles y sin reparar incluso, en ciertos casos, el cumplimiento de la consulta previa, libre e informada ordenada en el Art. 57.7 de la Constitución de la República.
Se llega incluso a vender la idea de que solo la minería artesanal es la ilegal cuando en las actividades ilegales se constata la presencia de enormes inversiones en maquinaría e infraestructura que corresponden más bien a la mediana y gran minería.
Por otra parte, se pretende hacer creer a la ciudadanía que la mimería legal “per se” (por ser tal) incluye el resguardo a la naturaleza, cuando de las experiencias vividas en el país son altamente contaminantes y destructoras de la naturaleza. Esta misma percepción existe a nivel internacional como sucede por ejemplo en la selva amazónica de Brasil de lo cual informan medios de comunicación de alta credibilidad.
4. Inobservancia del ordenamiento jurídico
En el ámbito de la legalidad se puede constatar que es una constante el hecho de que las empresas mineras incumplen los trámites para las concesiones o luego de obtener los derechos mineros desacatan la ley. Veamos dos ejemplos en Cuenca:
- Informe de la Contraloría General del Estado (CGE) sobre el proyecto minero Loma Larga (Quimsacocha)
El 10-diciembre-2018, la CGE en su informe DR2-DPA-0064-2018, relacionado con al Proyecto Minero Loma Larga por el período comprendido entre el 1 de enero del 2012 y el 31 de diciembre del 2017, establece entre sus conclusiones que:
– Se realizó actividad minera sin disponer de licencia ambiental
– Concesiones mineras no cumplieron con plan de inversiones mínimas del 2013, por lo que incurrieron en causal de caducidad
– Intersección del Área Nacional de Recreación Quimsacocha con las concesiones mineras Cerro Casco y Rio Falso sin las medidas adecuadas para su manejo
– Intersección de concesiones mineras con bosques protectores y patrimonio forestal, no fue considerado en los estudios ambientales
– Autorización de uso de agua confirmada en segunda instancia sin cumplir con recomendaciones establecidas en informe técnico y que incurrió en causales de suspensión y reversión..
- Informe de la CGE sobre el proyecto minero Rio Blanco
El 8-mayo-2018, la CGE en su informe DR2-DPA-0010-2019, relacionado con el Proyecto Minero Río Blanco por el período comprendido entre el 1 de enero del 2012 y el 31 de diciembre del 2017, establece entre sus conclusiones que:
– No contaba con una evaluación económica integral del yacimiento;
– No dispone de las autorizaciones de uso y aprovechamiento del agua en los caudales requeridos;
– Presentó un estudio contradictorio para el cambio de fase e inicio de explotación, pues el Estudio de Factibilidad en unos acápites dice que la lixiviación será sin cianuro y en otros que sí utilizarán cianuro de sodio.
Por otra parte, la Corte Constitucional en diversos fallos viene observando que no se cumple conla consulta previa, libre e informada ordenada en el Art. 57.7 de la Constitución de la República3
5.- Corrupción en minería ilegal y la legal
Como sucede en todos los ámbitos de la administración pública en el país, la corrupción está presente en las concesiones y el control de las fases de actividad de la mimería legal, y por supuesto con mayor razón en la mimería ilegal, que se manifiesta en la omisión de las autoridades en el control y la eliminación de los focos de minería ilegal que hace presumir, en ciertos casos, una connivencia dada la publicidad y notoriedad de las actividades ilícitas pero que sin embargo continúan por largo tiempo.
Recordemos que en las décadas de 1980,1990 y la mitad de la del 2000, prácticamente todo el territorio nacional estaba cuadriculado y concesionado a los mineros que hacían su festín, adquirían, vendían, revendían, arrendaban, subarrendaban, seccionaban, vendían participaciones y tantas otras modalidades mercantiles y a veces sin obtener un solo gramo de material extraído, bastaba tener el título de la concesión.
Como señala Alberto Acosta en su libro La Maldición de la Abundancia: “En el Ecuador en el marco de la apertura hacia la minería a gran escala o industrial, el área concesionada para minería se expandió considerablemente: para el 2006 abarcó un 20 % del territorio ecuatoriano, aproximadamente 5. 629.751 hectáreas; aumentando así la tensión territorial, social y ambiental al impactar nuevas áreas protegidas, regiones de bosques protectores, territorios indígenas, zonas de vestigios arqueológicos, tierras agrícolas, fuentes de agua y zonas de producción agropecuaria. En no pocos casos estas características se reunían en una sola concesión minera”
Todo esto sucedía hasta antes del “Mandato Constituyente 6” promulgado en el RO. 2S 321: 22-abril-2008. Según Alberto Acosta, “Los puntos centrales del mandato fueron:
– Cesación de concesiones que no cumplan con las obligaciones establecidas en la ley en materia de inversiones y pago de patentes (Art. 1 y 2)
– No afectación del agua (Art. 3)
– Restricción de la minería en áreas protegidas y en zonas de amortiguamiento (Art. 3)
– Prohibición de los monopolios y sus prácticas (Art. 4)
– Extinción de las concesiones a los ex-funcionarios del Ministerio de Energía y Minas (Art. 5)
Anotemos también, que las minas en producción fueron excluidas del mandato para no crear incertidumbre ni desempleo. Por la misma razón, tampoco se incluyó la minería de pequeña escala y artesanal; pero esto no significó que se desconociera los graves problemas existentes en este ámbito.
Lo que se buscaba con el mandato era corregir las principales dificultades y aberraciones que caracterizaban el potencial manejo de las reservas minerales más grandes. Cuando se aprobó el Mandato Minero, apenas un 7% de las concesiones estaban en fase exploración y explotación, el resto prácticamente era para la especulación. Con este mandato se deseaba normar la actividad minera industrial en el Ecuador, abriendo la puerta a un amplio debate nacional”.
Sin embargo, el mismo autor sostiene que ese mandato no se cumplió.
Luego se expidió la Ley de Minería en el RO 517: 29-enero-2009, a la que se opuso la CONAIE.
Recuerda Alberto Acosta que el gobierno del expresidente Correa, reprimiendo a los opositores, impuso la nueva ley y arremetió en contra de los críticos de la minería, afirmando que;
“Siempre dijimos que el mayor peligro para nuestro proyecto político, una vez derrotada sucesivamente en las urnas la derecha política, era el izquierdismo, ecologismo e indigenismo infantil… (…) …”
Luego se expidieron las reformas a la Ley de Minería, que fueron promulgadas en el R. O.-S N°37 del 16 de Julio del 2013 a través de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Minería, que introdujeron modificaciones para favorecer los intereses de las compañías mineras y dinamizar aún más el modelo extractivista impulsado por el gobierno de Correa.
6.- Inconsistencias contra la mimería ilegal
En el “control” de la minería ilegal se advierten claras inconsistencias, se la hace control a la carta, en unos casos si en otros casos no, en unos territorios si en otros territorios no, luego se hace el control en forma inoportuna ya que se conoce la actividad minera ilegal y se deja que se desarrolle por largos periodos.
De igual forma se puede colegir que se filtra información desde las esferas oficiales dando la percepción que habría complicidad de autoridades locales y centrales y a juzgar por la infraestructura, maquinaria e inversiones realizadas las actividades de minería ilegal se realiza con grandes inversionistas de capital que obtienen enormes beneficios sin pagar los impuestos al Estado.
De la información que traen los medios de comunicación y de las denuncias de los moradores de las zonas de intervención minera ilegal se puede advertir la presencia de inversiones extranjeras y capitales de dudoso origen que bien puede presumirse que tienen que ver con blanqueo de dinero mal habido.
1 https://www.eluniverso.com/noticias/ecuador/gobierno-suspendera-temporalmente-toda-actividad-minera-en-napo-luego-del-operativo-contra-la-extraccion-ilegal-de-oro-en-yutzupino-nota/ [Consulta 17-II-2022]
2 https://www.elcomercio.com/actualidad/negocios/provincias-ecuador-mineria-ilegal-victimas.html [Consulta: 18-II-2022).
3 Por ejemplo, resolución de la Corte Constitucional en el caso del Bosque protector Los cedros. CASO No. 1149-19-JP/20
Asesor jurídico, articulista de “El Mercurio”. Participa en algunas organizaciones ciudadanas como el Cabildo del Agua de Cuenca, el Foro por el Bicentenario de Cuenca y en una comisión especial para elaborar el Sistema Nacional Anticorrupción.