En este trabajo se presenta una breve síntesis sobre el recorrido del concepto de cuidados en el Ecuador, a partir del camino señalado por Carrasco y Borderías (2011) para América Latina. Señalan estas autoras que el interés por el“trabajo de cuidados” se origina en subdisciplinas historiográficas como la historia de la familia, la historia de la infancia y la historia de las mujeres, la historia de la medicina y las concepciones feministas sobre la construcción de la ciudadanía moderna.
Teniendo en cuenta estas tendencias historiográficas, en la primera parte de este trabajo, presento una síntesis de los debates de “expertos médicos”, en torno a la protección a la infancia, durante el período comprendido entre 1910 y 1945. En la segunda parte expongo una breve referencia a la emergencia de la ideología maternalista y de compromiso social presente en el discurso de las políticas públicas de bienestar social de finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. En la tercera y última parte recojo someramente las propuestas del movimiento de mujeres en torno al trabajo, el trabajo doméstico y el trabajo de cuidado, para la asamblea constituyente de 1997-1998 y la del año 2008.
1. El discurso médico, la protección de la infancia y la construcción de la maternidad (1910-1945)
En el Ecuador es el período comprendido entre 1910 y 1945 cuando la protección de la infancia se vuelve un tema de debate público. Se identificó a la familia y especialmente a la madre como ejes centrales de intervención para asegurar el crecimiento sano de los niños. La dimensión más importante de la identidad femenina se centró en la maternidad y el lugar más apropiado para las mujeres recayó en la esfera doméstica. El énfasis fue puesto en la importancia de la lactancia materna. Las mujeres de élite que empleaban nodrizas fueron caracterizadas como “egoístas”. Se argumentó que no se podía esperar que las nodrizas cuidaran a los niños como lo harían las propias madres. Similar preocupación se dio respecto de las madres de la clase obrera que dejaban a sus hijos con vecinas o comadres durante el día laboral (Clark, 1995).
El trabajo de las mujeres fuera de la casa fue identificado como un problema. Algunos “expertos” argumentaron que la miseria y la pobreza no dependían de la falta de recursos económicos sino de la falta de higiene, conocimientos y buena voluntad. Se propuso entonces que los hombres debían ganar un sueldo familiar para que las mujeres puedan quedarse en la casa. Para otros, en cambio, era necesario fortalecer los derechos legales de las mujeres, ofreciéndoles formas de protección legal y económica: los puestos de mujeres obreras debían ser protegidos durante el embarazo y el parto; las mujeres que trabajaban debían tener el derecho de dar de lactar a sus hijos en salas especiales establecidas en los mismos lugares de trabajo (Clark, 1995).
2. La maternalización de la política social (finales del S. XX – inicios del S. XXI)
En la década de los 80 la deuda externa y las políticas de ajuste contribuyeron en forma decisiva a un deterioro en la condición material de los sectores más vulnerables de la sociedad. Frente a la crisis económica, las mujeres salen de los espacios domésticos para prestar variados servicios (centros de cuidado diario, comedores, clubes de madres, etc.). Esta participación tenía sus propias limitaciones al constituir una fuerza de trabajo no remunerada, impulsada por una ideología maternalista y de compromiso social (Aguirre, 1998).
En el Ecuador esta ideología se expresa en los “programas de atención a niños/as menores de 6 años”, a cargo de ministerios como el de Bienestar Social y de instituciones como el Instituto Nacional del Niño y la Familia (INNFA). Se trata de servicios colectivos manejados por “madres voluntarias”, quienes representan una fuerza de trabajo “más flexible” orientada con mayor facilidad a “proyectos comunitarios que representan un beneficio para la familia”.
Este sistema se construyó sobre la base de un supuesto: los “trabajos de cuidado” que eran realizados fundamentalmente por mujeres, como extensión de su rol “natural” de cuidado doméstico, no eran propiamente trabajo, por lo tanto, no debían estar sujetos a las normas del Código del Trabajo. Si quienes desempeñaban estas actividades (cuidado diario de niños y niñas menores de cinco años, educación inicial de niños y niñas de hasta seis años, apoyo nutricional, entre otras) no eran consideradas trabajadoras, entonces debía asignárseles una denominación diferente. De esta manera, para quienes estaban a cargo de estas tareas, se construyó unas denominaciones específicas, la principal fue la de “madres comunitarias”. La “selección” de estas personas aparecía como efectuada por comités de padres de familia y no por parte del INNFA. Como no se trataba de un trabajo propiamente dicho, no se podía hablar de remuneración, sino de una bonificación por el “voluntariado” realizado. Finalmente, para que no quedara ninguna duda, había que garantizar que este “voluntariado” sea declarado como tal, en forma expresa, por la persona que entraba al sistema, mediante la suscripción de una “declaración de trabajo voluntario”, que tenía que ser reconocida ante notario público. Este sistema, impulsado como política social del Estado, significó, en la práctica, la legitimación de una concepción y de una práctica discriminatorias en contra de miles de mujeres de escasos recursos económicos y escasa instrucción que sostuvieron, con su trabajo, y a costa de sus derechos laborales, programas públicos para niños, niñas y adolescentes.
Este sistema se prolongó incluso después de aprobada la Constitución del año 2008, en el gobierno de Rafael Correa Delgado. En efecto, las mujeres que realizaban trabajos de cuidado de niños y niñas menores de 6 años en los denominados “Centros Infantiles del Buen Vivir” y el programa “Creciendo con Nuestros Hijos” fueron excluidas arbitrariamente de la tutela constitucional y legal. Lo paradójico es que esta política fue justificada con base en la disposición de la Constitución de Montecristi que “reconoce al voluntariado de acción social y desarrollo como una forma de participación social” ubicada en la sección correspondiente a los principios de la participación, en el capítulo referente a la participación en democracia, dentro del título concerniente a la participación y organización del poder.
3. Trabajo, trabajo doméstico y trabajo de cuidado en el discurso del movimiento de mujeres (1998-2008)
Las “Propuestas de las mujeres a la Asamblea Nacional Constituyente” (1998) en torno al trabajo sostienen que: “El Trabajo es un derecho y un deber social. Goza de la protección del Estado, el que asegura al trabajador el respeto a su dignidad, una existencia decorosa y una remuneración justa que cubra sus necesidades y las de su familia”. Para el movimiento de mujeres, el Estado debe propiciar “la incorporación de las mujeres al trabajo remunerado y garantizar su derecho a igual remuneración por igual trabajo, tanto en instituciones públicas como privadas, sin discriminación por razones de edad, maternidad o estado civil.” Asimismo, se plantea que el Estado debe “mejorar las condiciones de trabajo de las mujeres, mediante el respeto a sus derechos laborales y reproductivos y el acceso a los sistemas de seguridad social, especialmente en el caso de las trabajadoras en estado de gestación, las del sector informal, las del área rural, las jefas de hogar y en estado de viudez.”
Por otra parte, se propone: “El reconocimiento de las distintas estructuras familiares existentes y de las responsabilidades familiares compartidas como elementos fundamentales que inciden en el desarrollo personal de mujeres, hombres, niños y niñas y por tanto en su bienestar.”
Es en el marco de la Asamblea Constituyente del año 2008 cuando el movimiento de mujeres asocia los cuidados con el trabajo y propone reconocer el valor social y económico de todos componentes del trabajo que están invisibilizados. Así, en el ámbito de la “Economía soberana y solidaria: una economía para la vida” se manifiesta que: “Es indispensable reconocer la interrelación y similar importancia de los ámbitos productivo y reproductivo, asumir la economía del cuidado como prioritaria, garantizar el reconocimiento y retribución a todas las formas de trabajo.”
En el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales, se plantea que: “El Estado [debe] reconocer y valorar integralmente el trabajo doméstico como actividad económica que contribuye al PIB y al desarrollo del país; adoptar medidas de reconocimiento y compensación. Impulsar la socialización del trabajo de cuidado y la redistribución de responsabilidades en los hogares…”
Asimismo, se plantea que: “El Estado [debe] reconocer la economía del cuidado como base de la reproducción y calidad de vida de la población, y garantizar un sistema de servicios en todo el territorio nacional.”
En cuanto a la seguridad social, finalmente, se demanda el seguro universal obligatorio, como mecanismo que permitiría “reconocer y retribuir todos los tipos de trabajo que se realizan en los ámbitos productivo y reproductivo, sean o no remunerados, cuyos aportes son fundamentales para el desarrollo económico del país y para la calidad de vida de la población.”
Conclusión:
A pesar de los avances en la Constitución del año 2008 y el reconocimiento del trabajo de cuidado, persisten prácticas discriminatorias que afectan a las mujeres, especialmente a aquellas en condiciones de vulnerabilidad. La prolongación de estas prácticas en las políticas sociales del Estado pone de manifiesto la necesidad de continuar la lucha por la redistribución de responsabilidades de cuidado y por el reconocimiento pleno de este trabajo como un pilar esencial para el desarrollo del país y la calidad de vida de la población.
Es fundamental que el Estado y la sociedad reconozcan y valoren el trabajo de cuidado como una actividad indispensable, que requiere ser retribuida y protegida legalmente. La historia de las políticas de cuidado en el Ecuador subraya la importancia de un enfoque integral y de género en la formulación de políticas públicas, que garantice la igualdad de derechos y oportunidades para todas las personas, reconociendo el valor económico y social de todas las formas de cuidado, remuneradas o no.
Referencias
Aguirre, R. (1998). Sociología y género. Las relaciones entre hombres y mujeres bajo sospecha. Montevideo: doble clic Soluciones Editoriales.
Carrasco, C. y Borderías, C. (2011). Introducción. El trabajo de cuidados: antecedentes históricos y debates actuales. C. Carrasco, C. Borderías y T. Torns (eds.). El trabajo de cuidados. Historia, teoría y políticas. Madrid: Catarata.
Clark, K. (1995). Género, raza y nación. La protección a la infancia en el ecuador, 1910-1945. M. Moscoso (comp.). Palabras del silencio. Las mujeres latinoamericanas y su historia. Quito: Abya Yala.
Coordinadora Política de Mujeres Ecuatorianas, Foro Permanente de la Mujer Ecuatoriana, Consejo Nacional de las Mujeres (1998). Nosotras en la Constitución. Propuestas de las Mujeres a la Asamblea Nacional Constituyente. Quito.
Consejo Nacional de las Mujeres (2008). Agenda de las Mujeres para la Nueva Constitución Ecuatoriana. Quito.
Doctora en Jurisprudencia por la Universidad de Cuenca. Obtuvo un Maestría en Género y Desarrollo en la misma universidad. Posee un Doctorado (Phd) en Derecho por la Universidad Andina Simón Bolívar. Fue Directora del Instituto Nacional de la Niñez y la Familia, en Azuay, Cañar y Morona Santiago. Secretaria Ejecutiva del Concejo Cantonal de la Niñez y Adolescencia de Cuenca. Se desempeñó también como Jueza Provincial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Azuay. Laboró en el Municipio de Cuenca y en el Gobierno Provincial del Azuay. Autora de artículos y libros sobre derechos y género. Ha participado como ponente y coordinadora en seminarios nacionales e internacionales vinculados a su campo de estudio e investigación