ACTO ACADÉMICO SOBRE QUIMSACOCHA
El día sábado 14 de septiembre del 2024, se llevó a cabo un acto académico relacionado con el páramo de Quimsacocha, con la participación de los estudiantes del Doctorado en Sostenibilidad Territorial. Mención en Posdesarrollo de la Universidad de Cuenca, académicos de la misma Universidad, dirigentes de la Junta Administradora de Agua Potable de Victoria del Portete -Tarqui y la Federación de Organizaciones Campesinas, con el objeto de analizar el cuidado de los bienes comunes y la sostenibilidad territorial en el caso del agua para el cantón Cuenca desde las vertientes de Quimsacocha.
En la primera parte del evento académico se realizó una visita a las lagunas de Quimsacocha seguido de un diálogo in situ; y, luego un conversatorio en la Comunidad de Escaleras.
En la visita académica a Quimsacocha se constataron los estragos de la sequía en dicho páramo, pese a lo cual, el sistema hidrológico de Quimsacocha, sigue, aunque en cantidades disminuidas, recargando de agua a las subcuencas de los ríos Tarqui, Yanuncay y Rircay, que sirven a los habitantes de los cantones Cuenca, San Fernando, Girón, Santa Isabel y Pasaje.
En el diálogo con los doctorandos, se manifestó la preocupación que se pretenda continuar hacia la fase de explotación minera del proyecto minero Loma Larga (Quimsacocha), sin considerar, las experiencias dolorosas de las sequías hídricas como la actual, cuyas dimensiones serán más dantescas con la destrucción del páramo y la contaminación de las fuentes de agua con arsénico y otros metales pesados.
En este sentido, la responsabilidad del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica. (MAATE) sobre el cuidado de los páramos, fuentes de aguan y más ecosistemas frágiles, es trascendental, ya que tiene las competencias asignadas por la Constitución y el Código Orgánico del Ambiente (COAM), para cuidar, entre otros aspectos, la integridad del Sistema Nacional de Áreas Protegidas integrado por los parques nacionales, refugios de vida silvestre, reservas de producción de fauna, áreas nacionales de recreación y reservas marinas, así como, las Áreas Especiales para la Conservación de la Biodiversidad, que incluye a las áreas reconocidas internacionalmente, zonas de amortiguamiento ambiental, corredores de conectividad y servidumbres ecológicas.
De igual forma, el MAATE tiene la competencia sobre el patrimonio forestal nacional, conformado por bosques naturales y tierras de aptitud forestal; vegetación no arbórea asociadas o no al bosque, como manglares, páramos, moretales; bosques y vegetación protectores; bosques intervenidos; y, tierras de restauración ecológica o protección.
Para la conservación de formaciones vegetales naturales, páramos, moretales, manglares y la zona marino costera, el COAM, prohíbe su afectación, tala y cambio de uso de suelo, y otorga a las comunas, comunidades, pueblos y colectivos, la participación en el cuidado de estos ecosistemas y el deber de comunicar a la autoridad competente, cualquier violación o destrucción de los mismos.
Para la protección de los páramos, el COAM ordena que se consideren las características ecosistémicas de regulación hídrica, ecológica, biológica, social, cultural y económica, debiendo los GAD provinciales o cantonales establecer planes, programas y proyectos que coadyuven a la conservación de dicho ecosistema.
Como se puede deducir, el MAATE tiene amplias facultades para la protección de los ecosistemas frágiles como los páramos, y bosques y vegetación protectores, que son factores fundamentales para la generación, carga y recarga del agua, pero, lastimosamente, esta entidad, antes que ejercer sus competencias, está al servicio de las empresas transnacionales mineras.
Pero también los GAD provinciales y municipales, tienen su corresponsabilidad en la protección de las fuentes de agua, y las zonas de recarga hídrica para garantizar el líquido vital para sus pobladores.
En este marco, hay que esperar que el GAD de Cuenca. asuma con frontalidad su competencia de hacer respetar el uso, ocupación y control del suelo del cantón, y en especial hacer cumplir, la “Ordenanza que regula el uso, gestión y aprovechamiento del suelo urbano y rural del cantón cuenca, actualiza el PDOT y la sanción del PUGS”, en cuya disposición general décima tercera, prohíbe la explotación minera metálica en las “Zonas de recarga hídrica”, delimitadas por el MAATE, de conformidad con lo dispuesto en el Dictamen de la Corte Constitucional y los resultados de la Consulta Popular del 07 de febrero de 2021, cuyos límites geográficos quedan definidos por las coordenadas que se detallan en la tabla incluida en el Acuerdo Ministerial Nro. MAATE-2021-077, que forman parte de dicha Ordenanza.
Según la misma Ordenanza, el control de las actividades prohibidas en las Zonas de Recarga Hídrica se realizará a través de la Dirección de Control Municipal, la Comisión de Gestión Ambiental del GAD de Cuenca (CGA) y a través de ETAPA EP, en el ámbito de sus competencias, sin perjuicio de informar al MAATE para que pueda juzgar otras infracciones concurrentes.
Es de esperar que se sigan dando estos encuentros académicos entre los estudiantes del Doctorado Sostenibilidad Territorial y las organizaciones rurales y urbanas comprometidas con la defensa del agua, el ambiente y la naturaleza.
Portada: foto tomada de https://www.planv.com.ec/
Asesor jurídico, articulista de “El Mercurio”. Participa en algunas organizaciones ciudadanas como el Cabildo del Agua de Cuenca, el Foro por el Bicentenario de Cuenca y en una comisión especial para elaborar el Sistema Nacional Anticorrupción.