LEY DEL EMBUDO
Seguramente cuando escuchamos la expresión, “Ley del embudo”, a todos se nos viene la imagen del “instrumento hueco, ancho por arriba y estrecho por abajo, en forma de cono y rematado en un canuto, que sirve para trasvasar líquidos” (RAE)
En el diccionario de la Real Academia de la Lengua, se define a la expresión, ley del embudo como: frase coloquial, para significar la ley que se emplea con desigualdad, aplicándola estrictamente a unos y ampliamente a otros.
Se la suele utilizar también para evidenciar una injusticia o la ganancia del más fuerte sobre el débil, por el simple hecho de serlo, no porque tenga la razón o merecimientos, es decir el que tiene el poder se queda con el lado ancho y el que no, con el estrecho.
Más allá de las señaladas caben otras aplicaciones de la expresión. Usar la ley, estirar su interpretación –sin capacidad legal de hacerlo-, recurrir e incluso abusar de los recursos que el marco constitucional y legal consagran para procurar un determinado fin en contra del rival o el opositor, o a favor de una posición o un personaje a quien se defiende.
Por otro lado, en la política nacional –y seguramente a nivel mundial también-, dependiendo de la ventaja que se pueda obtener, se invierte el embudo, ubicándose intencionalmente en el lado estrecho, para por ejemplo, argumentar que no deben invocarse tales o cuales disposiciones, aduciendo que no aplican al caso, que no puede realizarse una interpretación extensiva; o que, situaciones determinadas no pueden atribuirse a la responsabilidad de una persona.
Colocarse de acuerdo al beneficio que reporte, en la parte ancha o estrecha del embudo, recurriendo a argumentos o subterfugios dependiendo del momento, el lugar o las circunstancias, pone de manifiesto la falta de coherencia y de honestidad de quienes así actúan. Estas prácticas se dan en los ámbitos privado y público, siendo más graves sin duda en el segundo, sobre todo si de por medio están los recursos del Estado.
Parecería ser que en política todo vale, sea que se trate de justificar o atacar. Ayer –en sentido figurado- quienes ostentaban el poder y quienes estaban en la oposición, esgrimían argumentos y razones para atacar y condenar al rival o defender a sus líderes o acólitos con vehemencia, invocando la Constitución, la ley, la defensa de la Patria, el interés colectivo o la inocencia y “pulcritud” en el actuar, dependiendo de la orilla en la que se encontraba el sujeto. Cambian las circunstancias, los roles se invierten y las posiciones también, lo que antes se argüía, ahora no sirve. Los contextos son parecidos, o casi idénticos pero las posiciones mutan.
La doble moral impera y en la mayoría de los casos no hay consecuencias, se tolera, se normaliza e incluso se la justifica. Gran parte de la población ni siquiera se da cuenta, porque no se informa, prefiere no enterarse, practica las mismas artimañas o simplemente sólo ve aquello que quiere ver.
Lo hemos señalado antes, las palabras tienen poder. No se puede desdecir de lo dicho. Por supuesto, se pueda cambiar de opinión, lo que no se debe es defender posiciones o utilizar argumentos, cuando es de interés y atacar o descalificar los mismos cuando son traído por otros, a menos que se admita con la valentía que corresponde que en un pasado se estuvo equivocado.
La memoria es frágil, pero existen registros en documentos y videos que dan cuenta de lo que se ha hecho y lo que se ha dicho. La coherencia obliga a que se sostenga un criterio y se actúe en consecuencia, a pesar de que no convenga a los intereses individuales o del grupo. Esto en el país es como pedir peras al olmo…, pues visto lo visto, quienes actúan en la política nacional, acomodan su discurso o perorata a conveniencia, van como veletas en la dirección que el viento les lleve y así seguirán “per seacula seaculorum”, si no lo condenamos, si no lo rechazamos.
Imagen de portada: https://thewealthofenglish.blogspot.com/
Mujer estudiosa y analítica, lectora atenta y escritora novel. Doctora en Jurisprudencia y Abogada – Universidad de Cuenca, Máster en Gestión de Centros y Servicios de Salud – Universidad de Barcelona, Diplomado Superior en Economía de la Salud y Gestión de la Reforma – Universidad Central del Ecuador. Docente de maestría en temas de políticas públicas y legislación sanitaria –Universidad Católica de Santiago de Guayaquil; en el área de vinculación con la sociedad, legislación relacionada con el adulto mayor – Universidad del Adulto Mayor. Profesional con amplia experiencia en los sectores público y privado, con énfasis en los ámbitos de legislación, normativa y gestión pública.