A UN AÑO DE LA CONSULTA POPULAR POR EL AGUA DE CUENCA: ZONAS DE RECARGA HÍDRICA DELIMITADAS, PDOT PENDIENTE Y MINERAS DESTRUYEN LOS PÁRAMOS
Un año ya ha transcurrido desde que el 80% de la población cuencana se pronunció a favor de la prohibición de la explotación minera metálica a gran escala en la zona de recarga hídrica de los ríos Machángara, Tarqui, Tomebamba y Yanuncay, y de la explotación minera metálica a mediana escala en la zona de recarga hídrica del río Norcay. No obstante de esta apabullante victoria, varios sucesos han ocurrido en torno a nuestros páramos durante estos últimos meses. Analicémoslos:
Las zonas de recarga hídrica han sido delimitadas [por fin]
El reverso de la papeleta de votación del 7 de febrero de 2021 tenía un mapa de las zonas de recarga hídrica del cantón Cuenca, que fue elaborado por la sub-gerencia de gestión ambiental de ETAPA. Empero, esta cartografía fue el resultante del incumplimiento expreso de la Autoridad Única del Agua que, según la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua1 expedida en 2014, prescribe lo siguiente con respecto a la delimitación de las zonas de recarga:
“Dentro del plazo de dos años contados a partir de la vigencia de esta Ley, la Autoridad Única del Agua deberá identificar y delimitar mediante resolución motivada, las tierras en donde se encuentren fuentes naturales, zonas de recarga, áreas de protección hídrica afectada al uso o aprovechamiento, en los términos de esta Ley para garantizar la integridad del dominio hídrico público, el derecho humano al agua y la soberanía alimentaria”.
Dos años, es decir, en 2016 debió estar definida la delimitación de marras. No obstante, la Autoridad Única del Agua continuaba su andar sin cumplir la encomienda de la delimitación. Mientras tanto, el 12 de abril de 2018, ETAPA suscribió un convenio interinstitucional con SENAGUA y el Ministerio del Ambiente, cuyo propósito fue la delimitación de las Áreas de Protección de Hídrica. El producto de este convenio es el siguiente mapa que, como se mencionó antes, sirvió de referencia para la consulta popular:
La empresa de agua potable de Cuenca delimitó como zonas de recarga hídrica del cantón Cuenca aquellas que son indispensables para garantizar la cantidad y calidad del recurso hídrico para la población presente y futura del cantón, ubicándose estas zonas en las cuencas hidrográficas de los ríos Machángara, Tomebamba, Yanuncay, Tarqui y Jadán en la vertiente del Atlántico y, Patul, Norcay y Balao en la vertiente del Pacífico.
Con respecto a la consulta por el agua, el dictamen de la Corte Constitucional estableció que: en caso de obtener resultados afirmativos, las autoridades deberán observar y respetar las disposiciones constitucionales y legales -y por tanto corresponde que la delimitación final sea efectuada por la Autoridad Única del Agua- dado que existe un informe referencial, este deberá utilizarse como base y ser tomado en cuenta para la determinación final. Apenas en agosto del año pasado, se emitió el Informe técnico MAATE-SBR-DACRH-DZ6-043, realizado por la Dirección Zonal 6 “Delimitación de la zona de recarga hídrica del cantón Cuenca”, como respuesta al oficio Nro. MAAE-DA-2021-4915-E, en el que la alcaldía de Cuenca solicitó “se realice la delimitación definitiva de las zonas de recarga hídrica, conforme a lo dispuesto por la Corte Constitucional mediante el Dictamen Nro. 6-20-CP/20 y acatando el mandato expresado en las urnas a través de la Consulta Popular por el Agua…”. Las principales conclusiones que presenta el Informe expresan: La zona de recarga hídrica del cantón Cuenca corresponde a una extensión de 314.452,68 ha; el ecosistema páramo se encuentra ubicado en las cabeceras de las Unidades hidrográficas correspondientes al cantón Cuenca, representando aproximadamente el 35,18% de su superficie; en la Zona de recarga hídrica del cantón Cuenca se encuentran 3.556 autorizaciones para diversos usos y aprovechamientos del recurso hídrico.
El 30 de diciembre de 2021, el MAATE publicó2: “en cumplimiento a lo dictaminado el 18 de septiembre de 2020 por la Corte Constitucional y consolidando la máxima voluntad de los ciudadanos cuencanos, este 28 de diciembre de 2021 el Ministerio de Ambiente, Agua y Transición Ecológica ha emitido el Acto Administrativo de delimitación de la “Zona de Recarga Hídrica del Cantón Cuenca”, siendo parte de esta, los ríos Norcay, Tarqui, Machángara, Yanuncay y Tomebamba, con una extensión total de 191.937 ha… La consulta popular, celebrada el 7 de febrero de 2021, es un precedente para garantizar en cantidad, calidad y continuidad el agua necesaria para 1.392 autorizaciones de diversos usos y aprovechamientos del agua… El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica reafirma su compromiso con la ciudadanía en pro de garantizar la conservación y sostenibilidad de los recursos naturales, impulsar un desarrollo sostenible y fortalecer desde todos los sectores la calidad de los servicios ecosistémicos”. Extrañamente, esta superficie representa casi la mitad de lo delineado en el Informe Técnico de la Dirección Zonal 6.
La aprobación del PDOT está pendiente, sin embargo, se reconoce que casi el 75% del cantón Cuenca tiene vocación de protección y conservación
En el expediente presentando para la consulta popular por el agua de Cuenca, el considerando 65, determina que en caso que el electorado del cantón se pronuncie a favor de la consulta, corresponderá al Concejo Cantonal de Cuenca incluir en el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y en el Plan de Uso y Gestión del Suelo (PUGS) la prohibición de explotación minera en las zonas de recarga hídrica indicadas en cada una de las cinco preguntas.
Según el PDOT3 y el PUGS, se reconocen cinco niveles de uso del suelo: de protección o conservación, producción, expansión urbana y suelo urbano (mapa 2).
Con respecto a las áreas de recarga hídrica, en el PDOT y PUGS se señala, “las áreas de recarga hídrica son principalmente las zonas de interés hídrico o captación de agua; reflejadas en la consulta popular por el agua del cantón Cuenca; su finalidad es la conservación de las zonas naturales y su recuperación ambiental para futuro aprovisionamiento de agua; pertenecen al nivel de uso protección o conservación”. En conjunto la categoría de protección o conservación abarca el 74,93% del cantón Cuenca e incluye los siguientes niveles de uso (tabla 1):
Tabla 1: Categorías de ordenación del cantón Cuenca – Suelo de protección y conservación
Subclasificación, nivel de uso – categoría de ordenación | Superficie (ha) | % |
Áreas de Bosque y Vegetación Protectora | 139.434,60 | 28,10 |
Áreas de Recarga Hídrica | 118.547,80 | 23,89 |
Interés ambiental o paisajístico | 62.636,32 | 12,62 |
Sistema Nacional de Áreas Protegidas | 43.340,04 | 8,73 |
Áreas de Conservación y Uso Sostenible | 4.905,5 | 0,99 |
Arqueológica o valor histórico patrimonial | 1.977,94 | 0,40 |
Asentamiento áreas de importancia ecológica | 989,20 | 0,20 |
Las mineras destruyen los páramos
Lxs comunerxs de los páramos de Kimsacocha advirtieron la presencia de maquinaria pesada desde el día 14 de febrero y acudieron al sector el día viernes 18 donde realizaron recorridos45 evidenciando: “un sonido inagotable, desaparición de aves y los animales, y máquinas trabajando y una gran cantidad de personas también trabajando y, como siempre puesto candados y llaves”. A decir del vocal de ambiente de la parroquia Victoria del Pórtete: “se encontraron más de 15 carros de alta gama, 4 x 4, cuatro campamentos funcionando: uno a la entrada de las Tres lagunas, otro a la altura de hacienda que tiene la familia Ulloa, otro está en la cuenca del río Irquis y otro está hacia un camino que da más o menos para El Chorro de Girón. Estaban personas ahí, destruyendo el pajonal, cada campamento de unos 50 m2 que levantaron la capa del pajonal para instalarlos. Hicieron camino sobre el páramo, es una destrucción de más o menos un kilómetro…”.
Por su parte, los mineros, informaron el 20 de febrero, a través del portal Via Minera6, que la empresa canadiense Dundee Precious Metals inició su programa de perforación hidrogeológica, geotérmica, metalúrgica y de extensión de 15.800 m en el proyecto Loma Larga, el mismo que debe terminarse en el tercer trimestre de este año. Todos estos acontecimientos provocaron que los comuneros, a través de la FOA, presenten una acción de protección solicitando la suspensión de las actividades mineras. Dicha acción fue aceptada, ante ello, el 24 de febrero la Dundee Precious Metals (DPM) en un comunicado de prensa7 anunció: “una pausa en las actividades de perforación, como resultado de la presentación de una acción de protección constitucional contra el MAATE, por parte de ciertas organizaciones no gubernamentales y agencias locales. Antes del reciente inicio de las actividades de perforación, DPM había recibido todos los permisos necesarios, incluidos los requeridos por el MAATE, había informado debidamente a las autoridades pertinentes, tal y como exige la legislación ecuatoriana, y se había comprometido de forma proactiva con las partes interesadas locales y nacionales en relación con su programa de perforación previsto para avanzar en el proyecto. En la planificación y ejecución del programa, DPM ha aplicado medidas que cumplen o superan las mejores prácticas de la industria, así como los requisitos legislativos ecuatorianos en materia de seguridad y protección del medio ambiente. Esto incluyó la contratación y capacitación de aproximadamente 70 empleados locales y varios contratistas locales para realizar el trabajo. DPM se compromete a trabajar en colaboración y de forma transparente con las partes interesadas para avanzar en el proyecto de Loma Larga en línea con los más altos estándares aplicables para la protección del medio ambiente y la participación de las partes interesadas, dijo David Rae, Presidente y Director Ejecutivo de Dundee Precious Metals. Como inversor extranjero en Ecuador, esperamos contribuir significativamente a la creación de importantes oportunidades económicas y sociales para las comunidades locales a través del desarrollo responsable de Loma Larga.”…
¿Quién debería ejercer el control del dictamen de la Corte Constitucional frente a los daños irreparables de los páramos?
El considerando 66 de la petición de Consulta Popular presentada a la Corte Constitucional, manda que el control de la prohibición de explotación minera metálica en las zonas de recarga hídrica se lo haría a través de la Dirección de Control Municipal, la Comisión de Gestión Ambiental del GAD de Cuenca (CGA) y a través de ETAPA, respetando el ámbito de competencias de cada órgano, y sin perjuicio de informar al Ministerio del Ambiente para que pueda juzgar otras infracciones concurrentes. De lo que sabemos, todas estas entidades han brillado por su ausencia, donde incluimos a la Prefectura del Azuay, los asambleístas azuayos y, sobre todo al alcalde Pedro Palacios quien se comprometió a toda costa a exigir el respeto irrestricto de la voluntad popular cuencana… A medida que las elecciones se aproximan veremos cómo los actores políticos se rasgarán las vestiduras para convertirse en adalides en la defensa del agua de Cuenca. Mas, poco a poco van e irán develando sus miserias, sea por omisión, colusión o la vasta mediocridad/ineptitud que tanto los caracteriza.
La audiencia de la acción de protección se pospone para el 14 de marzo
En un inicio la audiencia estaba prevista para el pasado 4 de marzo, pero fue aplazada para el 14 de marzo a las 9h00 en el Complejo Judicial de Cuenca, allí veremos si lo que aduce la Dundee es cierto (y cuáles son sus cómplices) o, si la Justicia es realmente justa y asiste a los pueblos y su legítimo derecho a un ambiente sano, agua limpia y ecosistemas saludables… más allá de quien haya presentado la acción de protección, toda Cuenca debería plantarse frente al Complejo de la Judicatura, exigir la salida inmediata de las mineras y tomar la posta de campesinas y campesinos que vienen resistiendo por más de dos décadas.
¡Nos vemos ese día!
1 Registro oficial N°. 305 de 06 de agosto de 2014.
2 Ver boletín N° 490 del Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, 30 diciembre de 2021. Disponible en: https://www.ambiente.gob.ec/ministerio-delimita-oficialmente-la-zona-de-recarga-hidrica-del-canton-cuenca/
3 Memoria técnica de actualización de Desarrollo y Ordenamiento Territorial. Municipalidad de Cuenca. Dirección de Planificación. 2021
4 Ver entrevista a Lizardo Zhagüi, presidente del sistema comunitario de agua Tarqui – La Victoria en Antena Uno, 21 de febrero de 2022. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=e_DSKKA6OVE
5 Ver entrevista a Efrén Arévalo, vocal de medioambiente de la Junta Parroquial de Victoria del Pórteme en Antena Uno, 21 de febrero de 2022. Disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=qt-ss9C12SI
6 Ver Vía Minera: Dundee inició programa de perforación en Loma Larga. Disponible en: http://www.viaminera.com/#Dundee%20inici%C3%B3%20programa%20de%20perforaci%C3%B3n%20en%20Loma%20Larga
7 Ver Dundee Precious Metals Provides Update on Drilling Activities at Loma Larga. Disponible en: https://www.dundeeprecious.com/English/Corporate-News/press-release-details/2022/Dundee-Precious-Metals-Provides-Update-on-Drilling-Activities-at-Loma-Larga/default.aspx
Bióloga por la UDA. Master en estudios interdisciplinarios en sostenibilidad ambiental, económica y social, por la Universidad Autónoma de Barcelona. Integrante del Colectivo Yasunidos Guapondelig y de la Plataforma Ecuador Decide Mejor sin TLC.